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Extranjería y nacionalidad

Nacionalidad española por residencia: guía para portugueses y brasileños

3 de septiembre de 2026 · 9 min de lectura · Traductor Jurado Portugués

La nacionalidad española por residencia es uno de los trámites que más consultas genera entre la comunidad portuguesa y brasileña en España. Aunque cada expediente tiene sus particularidades, en este artículo repasamos los requisitos generales, los plazos orientativos y, sobre todo, qué documentos necesitan traducción jurada antes de presentarse ante el Ministerio de Justicia.

Quién puede solicitarla y con qué plazo de residencia

Como regla general, la nacionalidad española por residencia exige haber residido legalmente en España durante diez años. Sin embargo, existen plazos reducidos para determinados colectivos: dos años para nacionales de países iberoamericanos —entre los que se incluye Brasil— y también para sefardíes; y un año en supuestos concretos, como haber nacido en territorio español o estar casado con un ciudadano español durante al menos un año.

Los ciudadanos brasileños se benefician, por tanto, del plazo reducido de dos años de residencia legal y continuada, al tratarse de un país iberoamericano. Los ciudadanos portugueses, en cambio, no entran dentro de esa categoría reducida por sí sola, y en la práctica suelen tramitar la nacionalidad por el plazo general de diez años, salvo que concurra otro supuesto (matrimonio con español, nacimiento en España, etc.).

Importante: los plazos y requisitos pueden cambiar y dependen de la valoración individual de cada expediente. Esta guía es informativa; para una respuesta ajustada a tu caso, consulta con un profesional del derecho o con la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

Documentos habituales del expediente

Un expediente de nacionalidad por residencia suele incluir, entre otros:

  • Certificado de nacimiento (certidão de nascimento / certidão de nascimento brasileira), legalizado y traducido.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de cualquier otro país donde se haya residido en los últimos cinco años.
  • Certificado de empadronamiento continuado.
  • Justificante de superación de las pruebas DELE (A2) y CCSE, salvo excepciones.
  • Certificado de matrimonio, si procede, y libro de familia.
  • Justificantes de medios de vida (vida laboral, contrato de trabajo, declaración de la renta).

Qué documentos necesitan traducción jurada

Todo documento público emitido en portugués —ya sea de Portugal o de Brasil— que se incorpore al expediente debe presentarse traducido por un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC). Esto incluye, típicamente, la certidão de nascimento, la certidão de casamento y el certificado de antecedentes penales del país de origen.

Muchos de estos documentos, además, deben llevar la Apostilla de La Haya antes de traducirse, ya que tanto Portugal como Brasil son parte del Convenio. Te recomendamos apostillar primero el documento original y traducir después, incluyendo también el texto de la propia apostilla.

Errores frecuentes que retrasan el expediente

  1. Presentar el certificado de antecedentes penales caducado. Suele tener una validez de tres meses; si el trámite se alarga, puede que tengas que volver a pedirlo y traducirlo.
  2. No traducir las anotaciones marginales de la certidão de nascimento (reconocimientos, adopciones, cambios de nombre), que forman parte del documento oficial.
  3. Confundir portugués de Portugal y de Brasil. Aunque el idioma es el mismo, los organismos emisores y ciertos términos cambian, y conviene que el traductor conozca ambas variantes.

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